TRANSCICIÓN
Las transiciones democráticas oscilan entre la ilegalización punitiva de los regímenes salientes, como en la Alemania de posguerra, y la asimilación institucional mediante reformas, ejemplificada en España y Sudáfrica. Este dilema histórico define el debate actual en Cuba.
Por Micaela Hierro Dori
Buenos Aires. PLC / El destino legal y político de las estructuras que sostuvieron a un régimen dictatorial constituye uno de los desafíos más complejos en cualquier transición a la democracia. La ciencia política y la historia demuestran que no existe una fórmula única ni infalible: mientras algunos países optaron por la extirpación jurídica total de los partidos opresores, otros prefirieron asimilar a los actores del antiguo régimen en el nuevo tablero democrático para conjurar el riesgo de insurgencias o guerras civiles. Este dilema universal reverbera hoy con fuerza en los debates sobre el futuro de Cuba.
La vía de la ilegalización penal y el desmantelamiento absoluto se aplica, por lo general, tras el colapso total del aparato dictatorial -ya sea por derrotas militares o revoluciones combinadas con presiones internacionales-. En estos escenarios, el nuevo orden democrático goza de la fuerza política y el mandato social necesarios para imponer un castigo institucional definitivo. Tras la caída del Tercer Reich en 1945, el proceso de desnazificación liderado por las potencias aliadas implicó la disolución absoluta del Partido Nacionalsocialista Alemán y la prohibición estricta de toda su simbología. Al redactarse la Ley Fundamental de Bonn en 1949, el constitucionalismo alemán acuñó el concepto de “Democracia Militante” (Streitbare Demokratie), un principio protector que establece que el sistema otorga plenas libertades, pero despoja de ellas a quienes pretendan usarlas para destruir el orden democrático.
Bajo esta doctrina, el Tribunal Constitucional Federal proscribió en 1952 al Partido del Imperio Socialista (SRP) por intentar suceder al nazismo, y en 1956 aplicó el mismo criterio defensivo contra el Partido Comunista de Alemania (KPD). Al igual que en el caso alemán, la salida de la dictadura de Benito Mussolini tras la Segunda Guerra Mundial exigió un corte jurídico radical. La Constitución de la República Italiana de 1947 incorporó de forma explícita la Disposición Transitoria y Final XII, la cual prohíbe taxativamente la reorganización, bajo cualquier forma, del disuelto partido fascista. Con la caída del Muro de Berlín y el colapso del bloque soviético a partir de 1989, naciones como Albania, Rumania y los Países Bálticos (Estonia, Letonia y Lituania) ilegalizaron formalmente a sus respectivos partidos comunistas.
En la acera opuesta se sitúan las transiciones por reforma interna. Estas ocurren cuando el régimen autoritario saliente retiene el control de las armas, el aparato judicial o una porción considerable del electorado, lo que obliga a las fuerzas de oposición a aceptar la participación de los antiguos opresores a cambio de una transferencia pacífica del poder. Tras la muerte de Francisco Franco en 1975, el proceso de cambio político en España no destruyó las estructuras del Estado, sino que las reformó desde sus propias leyes dinásticas mediante la Ley para la Reforma Política de 1977. El partido único de la dictadura, el Movimiento Nacional (la Falange), no sufrió una persecución penal; en su lugar, fue disuelto administrativamente por decreto en abril de 1977. Lejos de ser proscritos, sus cuadros políticos, funcionarios y ministros fundaron nuevas plataformas democráticas. El sector reformista del franquismo, liderado por Adolfo Suárez, articuló la Unión de Centro Democrático y ganó los primeros comicios libres, mientras que el ala más conservadora instituyó Alianza Popular, antesala del actual Partido Popular.
El fin del régimen de segregación racial en 1994 en Sudáfrica constituye uno de los mayores ejercicios de realismo político contemporáneo. Nelson Mandela y el Congreso Nacional Africano comprendieron que para sortear una guerra civil biestatal debían ofrecer garantías plenas a la minoría blanca. El Partido Nacional, la organización que ideó y ejecutó el sistema del Apartheid desde 1948, no fue proscrito. La formación compitió en las históricas elecciones multirraciales de 1994 logrando el segundo lugar, y su líder, F.W. de Klerk, asumió como vicepresidente dentro de un Gobierno de Unidad Nacional. Años más tarde, el partido terminaría disolviéndose debido a su propia irrelevancia electoral y los cambios demográficos, no por un dictado judicial.
La experiencia internacional sirve de espejo para las corrientes de la sociedad civil independiente y el exilio cubano, que discuten con intensidad el destino legal del Partido Comunista de Cuba (PCC) ante una eventual transición democrática, según lo reportado por un Informe realizado por Cultura Democrática y Consorcio Justicia. Si nos detenemos a analizar las posturas de la sociedad civil independiente, la postura de la Asamblea de Resistencia Cubana, una de las coaliciones que dio origen al Acuerdo de Liberación, es de una claridad tajante: el Partido Comunista de Cuba debe ser ilegalizado. Esta visión se asienta sobre la premisa de que el PCC no es un partido político legítimo, sino el órgano rector de un aparato de Estado totalitario que ha cometido violaciones sistemáticas a los derechos humanos durante más de seis décadas.
En las antípodas de la proscripción se encuentran proyectos de pensamiento como el extinto Cuba Posible y su evolución actual, Cuba Próxima (Centro de Estudios sobre el Estado de Derecho y Políticas Públicas). Estas plataformas, de corte más socialdemócrata, han abogado históricamente por una transición incluyente. Y finalmente, el proyecto Convivencia, liderado por Dagoberto Valdés, aporta una visión profundamente ética y pedagógica centrada en la reconstrucción del tejido social. Su enfoque ante el PCC no se basa en el castigo político ni en el pacto cupular, sino en la supremacía irrestricta del Estado de derecho.
Un análisis sagaz de estos modelos y posturas sugiere que el éxito de la transición cubana dependerá de una síntesis equilibrada de estos caminos. La futura Cuba democrática tiene el derecho y el deber histórico de encausar judicialmente a las cúpulas militares y políticas responsables de la represión, así como de confiscar los bienes robados al patrimonio nacional. Sin embargo, también deberá diseñar una salida institucional e incluyente para millones de ciudadanos cuya afiliación formal al PCC obedeció a imperativos de supervivencia económica o laboral, asimilando estas bases bajo las premisas de paz cívica de Convivencia.
La proscripción de un nombre o unas siglas, aunque ofrece una profunda satisfacción moral, no constituye una solución mágica. Los aparatos totalitarios poseen una probada capacidad de transmutación: al día siguiente de una ilegalización, las élites desplazadas pueden reagruparse bajo banderas socialdemócratas, fundar frentes laboristas renovados o camuflarse con etiquetas inéditas para mantener su influencia.
* Presidente de Cultura Democrática y autora del libro “Memoria y Cultura por la Democracia en Cuba”
Este artículo apareció anteriormente en baenegocios.com
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